martes, 10 de junio de 2014

Deudas del ayuntamiento de Méntrida durante la guerra de la independencia

Publicado en la revista Camarus, abril 2012

En estos momentos de dificultades económicas en los que se habla tanto sobre los apuros que padecen algunos ayuntamientos para hacer frente al pago de sus proveedores, me ha parecido muy interesante traer a estas páginas un hecho, que aunque tiene casi 200 años, podría pasar perfectamente como actual.

Es notorio, que en épocas realmente duras, como la guerra de la independencia española, muchas actividades se paralizan o se cancelan, mientras que unas pocas, las que tienen que ver con el armamento y la equipación de la tropa, vivan periodos de productividad intensiva, que no siempre tienen una relación directa con un mayor beneficio económico.

Y para muestra tenemos el caso de Lorenzo Blanco, maestro herrador y vecino de la localidad de Méntrida, que entre los años 1810 y 1813 estuvo trabajando herrando los caballos del ejército español  y abasteciéndolo de otros  suministros por valor de 5000 reales, que debía abonarle el ayuntamiento de Méntrida y cuyo pago, en enero de 1815 todavía no se había producido.

Con estas palabras demandó justicia ante el fiscal: ”Lorenzo Blanco, vecino y maestro herrador de la villa de Méntrida, a vuestra autoridad con la debida atención expone, que de orden y mandato de los alcaldes de ella a los años 1810, 811, 12 y 1813 ha suministrado las herraduras, que ha necesitado la tropa española, echándolas por su propia mano y sin embargo de que el exponente es un artesano, aunque honrado, sin otros fondos ni medios que los que le proporciona su trabajo y sudor en su rostro, le están debiendo más de 5000 reales de modo que la falta de esta suma para él de tanta consideración le tienen constituido en los mayores apuros. Por tanto pues, señor, ya que no han bastado sus repetidas instancias verbales y atentas a vuestra alteza suplica se sirva librar su superior orden para que los alcaldes de los referidos años le liquiden la cuenta a los suministros y le paguen respectivamente lo que de ella resulta sin excusa, ni pretexto…”

Por desgracia no queda constancia del veredicto, por lo que no sabemos si finalmente cobró su deuda, ni tampoco sabremos si de existir en aquellos tiempos un decreto ley para la  financiación del pago a proveedores como el aprobado recientemente en consejo de ministros, se hubiera acogido al mismo.

Documento original: CONSEJOS,L.1404,Exp.68

Archivo Histórico Nacional


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