martes, 10 de junio de 2014

Proceso de fe contra el alcalde de Fuensalida

Publicado en la revista Camarus, abril 2013

La reciente elección de quien debe guiar los pasos de una iglesia tocada en un contexto nada favorable, trae como en ocasiones anteriores, numerosas esperanzas y expectativas. En definitiva, vuelven a abrirse los debates teológicos y sociales entre quienes se preguntan si será el nuevo pontífice quien impulse las reformas que la iglesia católica necesita y quienes cuestionan esta figura.

Durante la revolución francesa, la nueva mentalidad chocó duramente con el estatus de la iglesia católica del momento, motivando la erradicación de su autoridad y sus privilegios, lo que provocó la condena del papa Pío VI (pontífice desde 1775 hasta 1799) ante la nueva situación.

Y en este contexto, encontramos en 1794 a Pedro Revilla, quien años más tarde sería alcalde de Fuensalida, debatiendo sobre diversas cuestiones de fe que le llevarían ante el tribunal de la inquisición.

En aquella época,  era un estudiante de leyes en la universidad de Valladolid, que posiblemente inspirado por el ambiente intelectual universitario y las influencias de la revolución francesa, mantuvo algunos debates ante parientes y amigos donde se atrevió a lanzar una serie de pensamientos que cuestionaban algunos principios religiosos, lo que desató las críticas de sus parientes y que su “amigo” Manuel Vindel, joven cirujano de la villa de San Esteban de Gormaz lo delatara ante el tribunal de la inquisición de Valladolid.

Entre las proposiciones que supuestamente habría proferido Revilla se indicaba: 1º Dios creó al hombre libre, y como tal debe este sacudir el yugo y dominio de todo príncipe secular, puesto que se llama libre en cuanto no conoce superior alguno. 2º el pontífice no tiene facultad para conceder indulgencias por que en tal caso se equivocaría con Cristo y al consiguiente no hay indulgencias. 3º no se debe dar adoración a ningún santo, solo a Cristo y a María santísima, porque el pontífice es hombre y como tal puede errar en la canonización, como también en las demás cosas.

Su delator declaró ante el fiscal que estos planteamientos los había repetido Revilla en 3 ocasiones y siempre en su casa natal de San Esteban de Gormaz (Soria); primero ante su madre Ana Langa, su tío Manuel Langa y su hermano José Revilla, la segunda estando presente su tío fray Francisco de Langa, lector de moral en el convento del padre Francisco en la misma población y la tercera en presencia de su madre, que siempre reprendió sus palabras y D. Patricio Martínez, médico titular de la citada villa. Y explicó que pensaba que no es que el acusado dijera esas proposiciones porque realmente estuviera de acuerdo con ellas, sino porque como era un sujeto “de poca instrucción” quiso acreditar que era de entendimiento sobresaliente vertiendo tales proposiciones  que defendía un tal D. Gregorio Vicente. Y añadió a su declaración que  incluso le había oído decir en otra ocasión “que la alma de los brutos era más racional que nuestra misma alma”.[i]

Se examinaron los testigos que dieron veracidad a la mayoría de lo expuesto por el delator, pero quedó  parado el sumario desde enero de 1795 por desconocerse el paradero del acusado hasta julio de 1805 en que se averiguó que se encontraba en la villa de Boñal (León) donde ejercía como alcalde mayor.

Y tras realizarse algunas pesquisas, acordó el tribunal, por auto de 2 de mayo de 1807 se diera comisión al arcediano de Soria para que con disimulo compareciese ante el delatado y le hiciese una “advertencia sobre las proposiciones para que en lo sucesivo se abstuviese de ellas, y cualquier otra semejantes”, pero en el momento de hacer la comisión efectiva, el 9 de febrero de 1808 el arcediano comunicó al juzgado que no se podría llevar a cabo puesto que Revilla se había casado y establecido en Fuensalida con empleo de corregidor. En vista de la nueva situación se solicitó informe al tribunal de Toledo sobre la conducta moral  del acusado. En los informes recibidos, se indicaba que “se lo estaba notado de algo precipitado en sus expresiones y modo de tratar a los reos o vecinos cuando se ofrecían materias de justicia y que no había oído quejas sobre otras materias o asuntos en que hubiese podido faltar”.

El proceso finaliza con un auto del 4 de agosto de 1808 (14 años después de producidos los hechos) en el que se indica se ejecute y cumpla lo acordado en 2 de mayo de 1807, esto es; que se advirtiera a Pedro Revilla de no hacer ese tipo de exposiciones.

Aunque hoy día nadie se escandalizaría ante estos planteamientos y menos a la luz de las últimas noticias que hablan de hechos fraudulentos o sospechosos en las vidas de algunas personas canonizadas en los últimos años (entre otros la madre Teresa de Calcuta),  a finales del s. XVIII y principios del XIX podían ser justificación suficiente para acabar en la cárcel. Quizás el hecho de que en el momento de la sentencia el inculpado tenía cierto peso por su trayectoria como alcalde de varios municipios, entre ellos Fuensalida, donde ejercía, además de contar con parientes dentro de la iglesia, pudo influir en que su caso quedara tan sólo en la mencionada advertencia.

Documento original: Inquisición, 3734, Exp.309 - Archivo Histórico Nacional



[i] En el siglo XVII surgieron algunos autores que realizaron tratados filosóficos sobre la racionalidad de los animales (“los brutos”), donde entre otros argumentos se proclamaba que los animales tienen una cierta racionalidad y un alma espiritual pero en menor grado que la del hombre.

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